LOS PODERES DEL ESTADO DE REPÚBLICA DOMINICANA Separación de poderes Es una ordenación y distribución de las funciones del Estado, en la cual la titularidad de cada una de ellas es confiada a un órgano u organismo público distinto. Junto a la consagración constitucional de los derechos fundamentales, es uno de los principios que caracterizan el Estado de Derecho moderno. Modernamente la doctrina denomina a esta teoría, en sentido estricto, separación de funciones o separación de facultades, al considerar al poder como único e indivisible y perteneciente original y esencialmente al titular de la soberanía (nación o pueblo), resultando imposible concebir que aquél pueda ser dividido para su ejercicio. LOS PODERES DEL ESTADO DOMINICANO SON: 1. El Poder Ejecutivo. 2. El Poder Legislativo. 3. El Poder Judicial El PODER EJECUTIVO Según lo establece la Constitución de la República, el poder ejecutivo tiene que ser ejercido por el presidente de la República
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